Contrato de compraventa en Word — 6 modelos editables [2026]

Un contrato de compraventa en Word es el acuerdo por el que una parte, el vendedor, transmite a la otra, el comprador, la propiedad de un bien a cambio de un precio cierto en dinero (art. 1445 del Código Civil). Es el documento que da seguridad a ambas partes: identifica quién vende, quién compra, qué bien se transmite, en qué condiciones, por cuánto y qué ocurre si aparecen defectos ocultos o alguna de las partes incumple.

Estas seis plantillas en Word cubren los tipos y situaciones más habituales de compraventa de bienes muebles: contrato civil para la venta de un bien mueble genérico entre particulares, contrato mercantil entre empresas (arts. 325-345 del Código de Comercio), contrato con pago aplazado y reserva de dominio para operaciones a plazos, contrato de maquinaria y equipos con puesta en marcha e instalación, contrato simple entre particulares para ventas directas y una versión bilingüe español + inglés para operaciones internacionales.

Cada plantilla es un archivo .docx editable en A4 vertical con las cláusulas preparadas para identificar a las partes, describir el bien, fijar el precio y la forma de pago, pactar la entrega y la transmisión del riesgo, incluir el saneamiento por vicios ocultos y definir la jurisdicción. Solo descargas, abres en Word, sustituyes los campos entre corchetes [ ] por los datos reales y exportas a PDF para firmar.

Más abajo te explicamos qué modelo elegir según el tipo de operación, cómo completar el contrato paso a paso, qué errores pueden costarte el precio o el bien y qué consejos siguen los profesionales antes de cerrar una compraventa. Para vivienda usa el contrato de arras; para vehículos, el contrato de compraventa de vehículo específico.

6 modelos de contrato de compraventa en Word para descargar gratis

Cada modelo está optimizado para A4 vertical con cláusulas editables y campos entre corchetes para los datos de la operación.

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Plantilla Contrato de compraventa civil de bien mueble

#01

Contrato de compraventa civil de bien mueble

Compraventa civil clásica con tipografía serif Cambria para la venta de un bien mueble entre particulares o profesionales al margen del tráfico mercantil. Se rige por el Código Civil (arts. 1445-1537) e incluye objeto, precio, entrega, transmisión de riesgo, saneamiento por vicios ocultos (art. 1484) y jurisdicción.

  • Cuándo usarla: ventas de bienes muebles no mercantiles: muebles, electrodomésticos, obras de arte, instrumentos, colecciones u otros objetos entre particulares o profesionales.
  • Recomendación: describe el bien con la máxima precisión posible (marca, modelo, número de serie, estado de conservación) y adjunta fotografías: es la mejor prueba frente a una reclamación por vicios ocultos.
Nivel: EditableValoración: 4.9/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.4 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Plantilla Contrato de compraventa mercantil entre empresas

#02

Contrato de compraventa mercantil entre empresas

Compraventa mercantil en sans serif (Calibri 11 pt) para operaciones entre empresas destinadas a la reventa o al proceso productivo. Se rige por el Código de Comercio (arts. 325-345), con plazos de saneamiento más breves y régimen especial de la mora y la transmisión del riesgo.

  • Cuándo usarla: operaciones de compraventa entre empresas donde el comprador destina el bien a la reventa o a un proceso productivo, no al consumo propio.
  • Recomendación: pacta expresamente el momento de transmisión del riesgo (Incoterms si es internacional) y el plazo para reclamar defectos aparentes: en el Código de Comercio son solo cuatro días.
Nivel: EditableValoración: 4.6/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.6 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Plantilla Contrato de compraventa con pago aplazado

#03

Contrato de compraventa con pago aplazado

Compraventa con pago aplazado y reserva de dominio, con acento de color para destacar los plazos y las garantías. Incluye calendario de vencimientos, intereses de demora, cláusula de reserva de dominio hasta el pago íntegro y resolución automática por impago (Ley 28/1998 de venta a plazos de bienes muebles).

  • Cuándo usarla: ventas donde el precio se paga en varias cuotas y el vendedor quiere mantener la propiedad hasta el cobro total, especialmente en equipos y bienes de precio elevado.
  • Recomendación: incluye siempre la cláusula de reserva de dominio por escrito y, si el bien es inscribible (vehículo, maquinaria industrial), inscribe la reserva en el Registro de Bienes Muebles para que sea oponible frente a terceros.
Nivel: EditableValoración: 4.8/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.7 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Plantilla Contrato de compraventa de maquinaria y equipos

#04

Contrato de compraventa de maquinaria y equipos

Compraventa ejecutiva de maquinaria y equipos industriales, banner azul institucional. Añade cláusulas de instalación y puesta en marcha, garantía comercial reforzada, formación al personal, servicio postventa y responsabilidad por daños derivados de defectos (art. 135 y ss. del Real Decreto Legislativo 1/2007).

  • Cuándo usarla: operaciones B2B de equipos industriales, maquinaria de producción, herramientas de taller o instalaciones técnicas donde la puesta en marcha y el mantenimiento son parte del acuerdo.
  • Recomendación: separa con claridad tres momentos: entrega, instalación y aceptación tras pruebas; vincula el pago final a la aceptación por escrito, no a la simple entrega del equipo.
Nivel: EditableValoración: 4.9/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.7 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Plantilla Contrato de compraventa entre particulares

#05

Contrato de compraventa entre particulares

Compraventa minimalista entre particulares, con composición tipográfica limpia y lenguaje sencillo, sin intermediación profesional. Recoge los datos de ambas partes, el objeto vendido, el precio, la forma de pago y una declaración de aceptación del estado del bien tras su inspección.

  • Cuándo usarla: ventas directas entre particulares sin ánimo profesional: muebles de segunda mano, electrodomésticos, herramientas u otros objetos vendidos por anuncios o de conocido a conocido.
  • Recomendación: aunque la venta sea entre conocidos, firma siempre por duplicado y guarda el justificante de la transferencia o el recibo firmado del pago en efectivo: sin prueba escrita, la reclamación posterior es casi imposible.
Nivel: EditableValoración: 4.6/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.4 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Plantilla Contrato de compraventa bilingüe (ES + EN)

#06

Contrato de compraventa bilingüe (ES + EN)

Compraventa bilingüe español + inglés con cláusulas paralelas para operaciones internacionales. Identifica a las partes, describe el objeto y fija el precio en ambos idiomas, con una cláusula de prevalencia del texto en español y sumisión a los tribunales españoles para evitar dudas sobre la ley aplicable.

  • Cuándo usarla: compraventas con comprador o vendedor extranjero de habla inglesa que necesita entender el contrato antes de firmar y transferir el precio.
  • Recomendación: aclara siempre qué versión prevalece en caso de discrepancia entre idiomas: por defecto la española, por ser la lengua de la ley aplicable si el contrato se firma en España.
Nivel: EditableValoración: 4.6/5
Formato: .docx editable en Word
Tamaño: 37.0 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer

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Qué modelo de contrato de compraventa elegir según tu operación

El tipo de operación, las partes y la forma de pago determinan cuál de las 6 plantillas usar:

  • Si vendes o compras un bien mueble entre particulares: la plantilla #01 (civil de bien mueble) se rige por el Código Civil e incluye saneamiento por vicios ocultos de seis meses (art. 1484). Es la opción por defecto para muebles, obras de arte, instrumentos o electrodomésticos.
  • Si la operación es entre empresas y el bien se destina a reventa o producción: la plantilla #02 (mercantil) se rige por el Código de Comercio, con plazo de reclamación por defectos aparentes de solo cuatro días. Recomendable cuando ambas partes actúan en el ejercicio de una actividad empresarial.
  • Si el precio se paga en varios plazos y quieres mantener la propiedad: la plantilla #03 (con pago aplazado) incluye reserva de dominio hasta el pago íntegro y resolución automática por impago, al amparo de la Ley 28/1998 de venta a plazos de bienes muebles.
  • Si vendes maquinaria, equipos industriales o instalaciones: la plantilla #04 (maquinaria y equipos) añade cláusulas de instalación, puesta en marcha, formación al personal, aceptación tras pruebas y servicio postventa, alineadas con la responsabilidad por producto del Real Decreto Legislativo 1/2007.
  • Si es una venta directa y sencilla entre particulares: la plantilla #05 (entre particulares) usa lenguaje llano y estructura mínima, ideal para ventas de segunda mano por anuncios donde ambas partes quieren un documento firmado sin complicaciones.
  • Si el comprador o vendedor es extranjero: la plantilla #06 (bilingüe ES+EN) presenta las cláusulas en español e inglés y aclara que prevalece la versión española por ser la lengua de la ley aplicable si el contrato se firma en España.

Cómo completar el contrato de compraventa paso a paso

  1. Decide primero el tipo de compraventa: civil, mercantil, con pago aplazado, de maquinaria, entre particulares o bilingüe. Determina cuál de las 6 plantillas se ajusta a tu operación real.
  2. Descarga el .docx y ábrelo en Microsoft Word, Google Docs o LibreOffice Writer. Las tres respetan el formato A4 vertical y las cláusulas numeradas.
  3. Identifica a las partes con precisión: nombre completo o razón social, DNI, NIE o CIF, domicilio y, si actúan a través de representante, poder que lo acredita. Un dato erróneo puede invalidar la ejecución posterior.
  4. Describe el bien con la máxima concreción: marca, modelo, número de serie, año, estado de conservación, accesorios incluidos y defectos aparentes. Adjunta fotografías o remite a un anexo si el bien es complejo.
  5. Fija precio, moneda, IVA y forma de pago con números y fechas: importe total en dígitos y en letras, IVA incluido o no, cuenta bancaria de destino y momento del pago. Conserva el justificante de la transferencia junto al contrato.
  6. Pacta con claridad la entrega y la transmisión del riesgo: lugar, fecha, quién asume los gastos de transporte y en qué momento el riesgo pasa al comprador (por defecto, con la entrega efectiva, art. 1462 del Código Civil).
  7. No omitas el saneamiento por vicios ocultos: la garantía legal es de seis meses en compraventa civil (arts. 1484-1490) y solo cuatro días para defectos aparentes en mercantil (art. 336 del Código de Comercio). Deja constancia expresa del régimen aplicable.
  8. Firma por duplicado y exporta a PDF (Archivo → Exportar a PDF). Cada parte conserva un ejemplar firmado y una copia en PDF; el PDF preserva el formato para envío o presentación posterior.

Errores frecuentes al firmar una compraventa (y cómo evitarlos)

  • Describir el bien de forma genérica: escribir «una moto» o «un ordenador» sin marca, modelo ni número de serie deja al vendedor sin defensa frente a una reclamación por vicios ocultos y al comprador sin prueba de qué bien recibió realmente.
  • Pagar en efectivo sin recibo firmado o transferencia: sin justificante documental del pago es casi imposible demostrar que la compra se hizo. Paga siempre por transferencia o exige recibo firmado con fecha, importe y concepto.
  • Omitir el régimen de vicios ocultos: si el contrato no menciona el saneamiento, se aplican los plazos legales por defecto (seis meses en civil, cuatro días en mercantil). Muchos compradores pierden la reclamación por desconocer el plazo aplicable.
  • Confundir compraventa civil y mercantil: si ambas partes son empresas y el bien va a la reventa, el régimen es mercantil (art. 325 del Código de Comercio) con plazos más breves. Usar un modelo civil en un caso mercantil puede dejar la operación fuera del régimen previsto por la ley.
  • No fijar el momento de transmisión del riesgo: sin cláusula expresa, cualquier daño al bien entre la firma y la entrega genera un litigio innecesario sobre quién debe soportar la pérdida. Deja por escrito quién asume los riesgos del transporte.
  • Olvidar la cláusula de jurisdicción: sin sumisión expresa a los juzgados de una ciudad concreta, un conflicto puede acabar en el domicilio del demandado, con el coste añadido de tener que litigar lejos. Pacta siempre el fuero desde el principio.

Consejos profesionales antes de firmar la compraventa

  • Pide o entrega la documentación del bien antes de firmar: factura de compra original, manual, garantía del fabricante, certificados de conformidad y todos los accesorios. Es la mejor prueba de titularidad y estado del bien.
  • Adapta el saneamiento a la vida útil del bien: en bienes de uso corto puedes reducir la garantía comercial adicional; en maquinaria industrial conviene reforzarla con un plazo de dos o tres años y un servicio postventa mínimo pactado.
  • Incluye una cláusula de reserva de dominio si hay pago aplazado: mantén la propiedad hasta el cobro íntegro y, en bienes inscribibles, inscríbela en el Registro de Bienes Muebles. Es la mejor protección del vendedor ante un impago.
  • Conserva un ejemplar firmado por cada parte: firma por duplicado y guarda tu copia junto al justificante de pago y a las fotografías del bien en el momento de la entrega. Son tus pruebas en caso de conflicto posterior.
  • Ante operaciones complejas, consulta a un profesional: en compraventas de alto importe, con financiación bancaria, con reserva de dominio o con elemento internacional, una revisión previa por un abogado o gestor evita problemas mayores más adelante.

Checklist final antes de firmar o entregar el bien

Antes de firmar el contrato de compraventa, verifica que: los datos identificativos de vendedor y comprador (nombre o razón social, DNI o NIE o CIF y domicilio) son correctos y coinciden con los documentos oficiales; la descripción del bien incluye marca, modelo, número de serie, estado y accesorios; el precio total figura en números y en letras, con indicación clara del IVA; la forma de pago está detallada y hay justificante disponible; el lugar y la fecha de entrega están fijados con precisión; consta expresamente el momento en que se transmite el riesgo del bien; el régimen de saneamiento por vicios ocultos y su plazo aparece por escrito; si hay pago aplazado, se incluye la cláusula de reserva de dominio; se pactan la resolución y la jurisdicción competente; todos los campos entre corchetes [ ] están sustituidos por los datos reales; el contrato se firma por duplicado; y cada parte conserva su ejemplar exportado a PDF junto al justificante del pago.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre compraventa civil y compraventa mercantil?

La compraventa civil (arts. 1445-1537 del Código Civil) se aplica entre particulares o cuando el bien se destina al uso propio del comprador. La mercantil (arts. 325-345 del Código de Comercio) se aplica cuando ambas partes son empresas y el comprador destina el bien a la reventa o a un proceso productivo. La distinción es importante porque cambia el plazo para reclamar defectos aparentes (cuatro días en mercantil, seis meses para vicios ocultos en civil) y el régimen de la mora.

¿Es obligatorio ir al notario para una compraventa de bien mueble?

No. La compraventa de bienes muebles es válida como documento privado firmado por ambas partes, sin intervención notarial. Solo es obligatorio elevar a escritura pública la compraventa de bienes inmuebles y de determinados bienes inscribibles cuando se quiere acceder al registro correspondiente. Aun así, en operaciones de alto importe o con reserva de dominio conviene revisar el contrato con un profesional.

¿Qué pasa si el bien tiene un defecto oculto que aparece después?

Si la compraventa es civil, el comprador tiene seis meses desde la entrega para reclamar por vicios ocultos (art. 1490 del Código Civil) y puede elegir entre desistir del contrato con devolución del precio o pedir una rebaja proporcional. Si es mercantil, el plazo se reduce a treinta días para vicios ocultos (art. 342 del Código de Comercio). En ambos casos hay que probar que el defecto era anterior a la entrega y no era conocido por el comprador.

¿En qué momento se transmite la propiedad del bien al comprador?

En Derecho español, la propiedad se transmite con la entrega efectiva del bien (traditio), no con la mera firma del contrato (art. 609 del Código Civil). Hasta que no hay entrega, el vendedor sigue siendo el propietario. En el contrato conviene pactar expresamente el lugar y momento de la entrega para evitar dudas y determinar quién soporta el riesgo si el bien se daña antes.

¿Puedo incluir una cláusula de reserva de dominio si vendo a plazos?

Sí, y es muy recomendable. La reserva de dominio significa que el vendedor mantiene la propiedad hasta que el comprador paga el precio íntegro. Está regulada en la Ley 28/1998 de venta a plazos de bienes muebles. En bienes inscribibles (vehículos, maquinaria industrial), conviene inscribir la reserva en el Registro de Bienes Muebles para que sea oponible frente a terceros que pretendan embargar el bien.

¿Funcionan en Google Docs y LibreOffice Writer?

Sí. Sube el .docx a Google Drive y ábrelo con Google Docs; el formato y las cláusulas numeradas se conservan. En LibreOffice Writer también funciona sin problemas. En Word 2016 o posterior es donde mejor se respeta el diseño original.

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