El contrato de compraventa de vehículo en Word es el documento privado que formaliza la venta de un coche, una moto o cualquier vehículo de segunda mano entre dos partes, conforme a los artículos 1445 y siguientes del Código Civil (CC) sobre el contrato de compraventa. No es un trámite administrativo en sí mismo, pero es la base documental que necesitas para iniciar la transferencia de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT), un trámite regulado por el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998): sin contrato firmado, ni tú ni el comprador tenéis forma de acreditar cuándo y en qué condiciones cambió de manos el vehículo.
Para el vendedor, el contrato es la prueba de que se desprendió del vehículo en una fecha concreta: si el comprador tarda en transferir y el coche acumula multas de tráfico o recibos del impuesto de circulación (IVTM), el contrato firmado —junto con la comunicación de venta a la DGT— es lo que te protege frente a Hacienda y frente a la propia DGT. Para el comprador, el contrato deja constancia del precio pagado, del kilometraje declarado y del estado del vehículo en el momento de la entrega, algo especialmente útil si aparece una avería oculta o una discrepancia con lo acordado.
Tras la firma, el trámite habitual es la transferencia de titularidad: se puede hacer en una jefatura de Tráfico, de forma telemática o en una gestoría (con una tasa DGT de aproximadamente 55,70 €), y conlleva liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo autonómico que oscila entre el 4 % y el 8 % del valor del vehículo según la comunidad autónoma (CCAA). Una vez transferido, el nuevo titular pasa a responder del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del ayuntamiento correspondiente y debe contratar su propio seguro obligatorio antes de circular.
Las seis plantillas de este artículo son un marco editable en formato .docx para particulares, motos, ventas a plazos con reserva de dominio, operaciones con empresa, señales o arras y compradores internacionales. Sirven para dejar el acuerdo por escrito con los datos esenciales del vehículo y de las partes, pero no sustituyen la comprobación de cargas en la DGT ni el trámite oficial de transferencia: eso siempre corre por cuenta de comprador y vendedor, en jefatura, de forma telemática o en gestoría.
Contenido del artículo
6 plantillas de contrato de compraventa de vehículo en Word para descargar gratis
Cada contrato está optimizado para A4 vertical con los datos del vehículo, de las partes y de la operación ya estructurados, listo para imprimir, firmar y adjuntar a la comunicación de venta en la DGT.
Contrato de compraventa de coche entre particulares
Contrato de compraventa de coche usado entre particulares con los datos mínimos que necesitas para acreditar la venta: identificación de ambas partes, descripción completa del vehículo con matrícula y número de bastidor (VIN), kilometraje real en el momento de la venta, precio y forma de pago. Es la base documental para iniciar la transferencia de titularidad en la DGT.
- Cuándo usarla: particulares que venden o compran un coche de segunda mano y necesitan un documento firmado antes de iniciar la transferencia en la DGT.
- Recomendación: comprueba las cargas del vehículo en la DGT: el informe reducido es gratis, pero para confirmar embargos o reserva de dominio pendiente pide el informe completo (8,67 €, tasa 4.1) antes de firmar.
Tamaño: 36.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Contrato de compraventa de moto entre particulares
Contrato de compraventa de motocicleta entre particulares adaptado a las particularidades de la venta de motos: cilindrada, kilometraje, número de bastidor y accesorios incluidos en la operación (cascos, baúl, candado antirrobo). Es el documento que acompaña a la comunicación de venta ante la DGT y con el que el comprador puede empezar a tramitar su propio seguro al día siguiente de la firma.
- Cuándo usarla: particulares que compran o venden una moto o ciclomotor de segunda mano y quieren dejar por escrito el kilometraje, la cilindrada y los accesorios entregados.
- Recomendación: anota el kilometraje exacto del cuentakilómetros y compáralo con el de la última ITV; una diferencia grande es la señal de alarma más común de fraude en motos de segunda mano.
Tamaño: 36.7 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Contrato de compraventa con reserva de dominio
Contrato de compraventa con reserva de dominio para vender un vehículo a plazos sin perder la propiedad hasta que el comprador liquide la última cuota. El comprador puede usar el vehículo desde la firma, pero el vendedor conserva la titularidad legal como garantía de cobro, una cláusula inscribible en el Registro de Bienes Muebles que protege frente a impagos sin necesidad de proceso judicial previo.
- Cuándo usarla: vendedores particulares o pequeños concesionarios que financian ellos mismos la venta y quieren una garantía real frente al impago de las cuotas.
- Recomendación: inscribe la reserva de dominio en el Registro de Bienes Muebles antes de entregar el vehículo; sin inscripción, la cláusula solo vale entre las partes y no protege frente a terceros de buena fe.
Tamaño: 36.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Contrato de compraventa entre empresa y particular
Contrato de compraventa entre empresa y particular pensado para concesionarios, rent-a-car o flotas que venden un vehículo a un cliente particular con factura e IVA repercutido. Incluye desglose de base imponible y 21 % de IVA, número de factura asociado y periodo de garantía comercial, además de los datos técnicos del vehículo y la documentación que se entrega en el momento de la firma.
- Cuándo usarla: concesionarios, rent-a-car o empresas con flota que venden un vehículo usado a un particular y necesitan emitir factura con IVA.
- Recomendación: entrega siempre la ficha técnica, el permiso de circulación y el justificante de la última ITV junto con la factura; sin esos tres documentos el comprador no puede completar la transferencia.
Tamaño: 36.9 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Contrato de arras para compraventa de vehículo
Contrato de arras para compraventa de vehículo que formaliza la señal entregada por el comprador para reservar el vehículo antes de firmar la compraventa definitiva. Fija el importe de la señal, el precio total, el plazo para completar la operación y las consecuencias si alguna de las partes se echa atrás: el comprador pierde la señal si desiste, y el vendedor debe devolverla duplicada si es él quien incumple.
- Cuándo usarla: operaciones donde el comprador necesita unos días para reunir el dinero o tramitar la financiación y quiere asegurar el vehículo mientras tanto con una señal.
- Recomendación: deja por escrito si las arras son penitenciales (permiten desistir perdiendo la señal) o confirmatorias (obligan a completar la venta); por defecto se presumen penitenciales salvo pacto expreso.
Tamaño: 36.7 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Contrato de compraventa de vehículo bilingüe ES+EN
Contrato de compraventa de vehículo bilingüe español + inglés con los campos duplicados en ambos idiomas: identificación de las partes, descripción del vehículo, precio, kilometraje y condiciones de entrega. Pensado para ventas a compradores extranjeros, expatriados residentes en España o operaciones donde una de las partes no domina el español y necesita entender exactamente lo que firma.
- Cuándo usarla: ventas a compradores o vendedores extranjeros, expatriados o turistas de larga estancia que necesitan leer el contrato en inglés además de en español.
- Recomendación: si el comprador se lleva el vehículo fuera de España, recuérdale que la matriculación en su país de destino es un trámite aparte y que debe darlo de baja en la DGT española antes de exportarlo definitivamente.
Tamaño: 36.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Qué contrato usar según la operación
El tipo de operación determina cuál de los 6 contratos encaja mejor:
- Si vendes o compras un coche usado entre particulares: usa la #01. Incluye matrícula, número de bastidor (VIN), kilometraje y forma de pago — los datos mínimos que necesitas para acreditar la venta y arrancar la transferencia en la DGT.
- Si la operación es sobre una moto o motocicleta: usa la #02. Añade cilindrada, kilometraje y accesorios entregados (cascos, baúl, candado), los puntos que más discusiones generan en la compraventa de motos de segunda mano.
- Si vendes a plazos y quieres conservar la propiedad hasta el último pago: usa la #03 con reserva de dominio. El comprador usa el vehículo desde la firma, pero tú mantienes la titularidad legal como garantía hasta liquidar la última cuota.
- Si vendes como empresa (concesionario, rent-a-car o flota) a un particular: usa la #04 ejecutiva. Desglosa base imponible, IVA 21 % y número de factura, con espacio para el periodo de garantía comercial.
- Si el comprador necesita unos días para reunir el dinero o la financiación: usa la #05 de arras. Formaliza la señal entregada, el precio total y el plazo para firmar la compraventa definitiva.
- Si el comprador o el vendedor no domina el español: usa la #06 bilingüe ES+EN. Los mismos campos duplicados en los dos idiomas para que ambas partes entiendan exactamente lo que firman.
Cómo rellenar el contrato paso a paso
- Elige la plantilla según la operación: particulares, moto, reserva de dominio, empresa-particular, con arras o bilingüe para comprador extranjero.
- Descarga el .docx y ábrelo en Microsoft Word, Google Docs o LibreOffice Writer. Los tres respetan la maquetación A4 vertical y la tabla de datos sin romperla.
- Rellena los datos de vendedor y comprador: nombre completo, DNI (o CIF si es empresa) y domicilio. Comprueba que coinciden exactamente con el DNI o NIE que te enseñen en el momento de la firma.
- Completa la ficha del vehículo: marca, modelo, matrícula, número de bastidor (VIN) de 17 caracteres y año. El VIN aparece en la tarjeta de la ITV y grabado en el propio vehículo; compáralo con cuidado, carácter a carácter.
- Anota el kilometraje real según el cuentakilómetros en el momento de la entrega, y compáralo con el que figura en la última ITV para detectar manipulaciones.
- Indica el precio y la forma de pago: importe total, si hay señal o anticipo, y el medio de pago (la transferencia bancaria inmediata es lo más segura; evita cheques o pagos en metálico sin recibo).
- Añade la fecha de entrega y las cargas del vehículo: libre de cargas, con hipoteca o con reserva de dominio pendiente. Compruébalo en la DGT antes de firmar, no te fíes solo de la palabra del vendedor.
- Imprime dos copias y que las firmen ambas partes, quedándose cada una con su ejemplar. Con el contrato firmado, el vendedor debe enviar la comunicación de venta a la DGT en un plazo de 10 días, y el comprador iniciar la transferencia de titularidad en un plazo máximo de 30 días.
Errores frecuentes al redactar el contrato (y cómo evitarlos)
- No comprobar las cargas del vehículo antes de comprar: el informe reducido de la DGT es gratuito y sirve como primera comprobación, pero para confirmar embargos, multas o reserva de dominio sin cancelar necesitas el informe completo (tasa 4.1, 8,67 €). Comprarlo a ciegas es el error más caro de toda la operación.
- No reflejar el kilometraje real: declarar menos kilómetros de los que marca el cuentakilómetros es fraude y puede anular el contrato si se descubre después. Compara siempre con el kilometraje de la última ITV.
- Omitir el número de bastidor (VIN): sin el VIN de 17 caracteres, el contrato no identifica de forma inequívoca el vehículo y puede generar problemas si aparece una disputa sobre qué unidad se vendió.
- No entregar copia firmada al comprador: ambas partes necesitan su propio ejemplar firmado. Sin copia, el comprador no puede acreditar la compra ante la DGT, la aseguradora o en caso de reclamación.
- Olvidar el aviso a la DGT tras la venta: la comunicación de venta (arts. 32 y 33 del Reglamento General de Vehículos), con un plazo de 10 días desde la firma, es la que protege al vendedor de las multas, del IVTM y de la responsabilidad civil que genere el comprador si tarda en transferir. Sin ella, todo sigue a tu nombre.
- Aceptar el pago sin verificarlo: exige transferencia bancaria inmediata antes de entregar llaves y documentación. Un cheque puede no tener fondos, y el efectivo sin recibo no deja rastro si luego hay una reclamación.
Consejos para gestionar la compraventa de tu vehículo
- Empieza por el informe reducido gratuito de la DGT y, si necesitas confirmar embargos o reserva de dominio sin cancelar, pide el informe completo (tasa 4.1, 8,67 €) antes de firmar nada.
- Haz el trámite de transferencia en una gestoría si no quieres perder la mañana: por unos 55 € de gestión más el ITP correspondiente a tu comunidad autónoma, te ahorras la cita previa y el papeleo en jefatura.
- Como vendedor, envía siempre la comunicación de venta a la DGT aunque el comprador te diga que él se encarga de todo. Es tu único blindaje frente a multas, IVTM o siniestros posteriores a la entrega.
- Guarda una fotocopia del DNI del comprador con su firma junto con tu copia del contrato. Si algo se tuerce, es la prueba más rápida de a quién se le vendió el vehículo.
- Entrega la segunda llave y toda la documentación: ficha técnica, tarjeta de la ITV en vigor y permiso de circulación. Y antes de eso, verifica que el kilometraje coincide con el registrado en la última inspección.
Checklist antes de firmar y entregar el vehículo
Antes de firmar y entregar el vehículo, verifica que: los datos de vendedor y comprador (nombre, DNI o CIF, domicilio) están completos y coinciden con el documento de identidad; la matrícula, la marca, el modelo y el número de bastidor (VIN) están bien transcritos; el kilometraje declarado coincide con el de la última ITV; has comprobado las cargas del vehículo en la DGT (informe reducido gratuito o informe completo por 8,67 €); el precio y la forma de pago están claros y el pago se realiza por transferencia verificable; la fecha de entrega y el estado del vehículo (con desperfectos si los hay) quedan reflejados; en reserva de dominio o arras, el plazo y las consecuencias del incumplimiento están indicados; ambas partes firman dos copias, una para cada una; y el vendedor envía la comunicación de venta a la DGT en los 10 días siguientes a la firma.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio hacer contrato al vender un coche?
No existe una ley que obligue a firmar un contrato específico para vender un coche entre particulares, pero en la práctica es imprescindible: la DGT y la mayoría de gestorías piden un documento que acredite el cambio de titularidad y las condiciones de la venta (precio, fecha, kilometraje). Sin contrato, tanto vendedor como comprador quedan sin forma de probar cuándo y cómo se produjo la operación si surge una discrepancia después.
¿Quién paga la transferencia?
No hay una norma fija: es un punto que negocian las partes y que debería quedar reflejado en el contrato. Lo más habitual en compraventas entre particulares es que la pague el comprador, ya que es quien necesita el vehículo a su nombre para circular legalmente, asegurar y pasar la ITV. En ventas de empresa a particular, muchos concesionarios incluyen la gestión de la transferencia en el precio final.
¿Qué es el ITP y quién lo paga?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo autonómico que grava la compraventa de vehículos usados entre particulares, con un tipo que varía entre el 4 % y el 8 % del valor del vehículo según la comunidad autónoma. Lo paga el comprador, y es un requisito previo para poder completar la transferencia de titularidad en la DGT: sin el justificante de pago (o de exención) no se admite el trámite.
¿Y si el coche tiene multas pendientes?
Las multas notificadas antes de la venta siguen siendo responsabilidad del vendedor, aunque el vehículo ya haya cambiado de manos. Por eso conviene comprobar el historial en la DGT antes de comprar (informe reducido gratuito, o informe completo por 8,67 € para más detalle) y dejar constancia en el contrato de que el vehículo se entrega libre de multas y cargas pendientes. Las multas por infracciones cometidas después de la entrega corresponden al comprador, pero solo si la transferencia se ha formalizado; si no, pueden seguir llegando a nombre del vendedor.
¿Qué pasa si el comprador no transfiere?
El vehículo sigue figurando a nombre del vendedor en la DGT, con todas sus consecuencias: multas, recibos del IVTM y hasta la responsabilidad civil de un siniestro pueden seguir llegándote. Por eso es tan importante enviar tú mismo, como vendedor, la comunicación de venta a la DGT (arts. 32 y 33 del Reglamento General de Vehículos) en un plazo de 10 días desde la firma: aunque el comprador tarde hasta 30 días en completar la transferencia —o no la haga—, quedas protegido frente a lo que haga con el vehículo a partir de esa fecha.
¿Vale la firma electrónica?
Sí, un contrato firmado electrónicamente (por ejemplo, con firma digital certificada o a través de una plataforma de firma electrónica) tiene la misma validez legal que la firma manuscrita. Para compraventas entre particulares, muchas gestorías siguen prefiriendo la firma física en dos copias impresas porque simplifica el trámite presencial en jefatura, pero legalmente ambas modalidades son válidas para acreditar el acuerdo entre las partes.





