Un informe médico en Word es el documento clínico donde el facultativo recoge la actividad asistencial realizada con un paciente y su valoración clínica. Cuando se emite al alta hospitalaria, sus contenidos mínimos están regulados en el artículo 20 de la Ley 41/2002 de autonomía del paciente. Su firma corresponde al médico colegiado responsable de la asistencia, conforme a la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias, y su custodia posterior forma parte de la historia clínica protegida por el RGPD (UE) 2016/679 y la LOPDGDD 3/2018.
Estas seis plantillas en Word cubren los tipos de informe médico más frecuentes en la práctica clínica: informe de alta hospitalaria (art. 20 Ley 41/2002), informe de evolución clínica para consulta ambulatoria, informe pericial forense para procesos judiciales (art. 335 Ley 1/2000 LEC), informe prequirúrgico para valoración anestésica según la escala ASA, informe de fisioterapia firmado por fisioterapeuta colegiado (Ley 44/2003) y una versión bilingüe español + inglés para turismo médico y aseguradoras extranjeras.
Cada plantilla es un archivo .docx editable en A4 vertical con los bloques que exige la buena práctica clínica: cabecera con centro sanitario y número de historia, datos identificativos del paciente, motivo del informe, antecedentes personales relevantes, enfermedad actual, exploración física, pruebas complementarias, diagnósticos principales y secundarios (con codificación CIE-10), tratamiento y evolución, recomendaciones al alta, información sobre protección de datos y firma con sello del facultativo colegiado.
Más abajo te explicamos qué modelo elegir según el tipo de asistencia, cómo estructurar el informe siguiendo el modelo SOAP o el orden clásico, qué errores generan reclamaciones o pérdida de valor probatorio y qué buenas prácticas siguen los servicios de calidad hospitalaria para garantizar la trazabilidad clínica y la continuidad asistencial del paciente.
Contenido del artículo
6 modelos de informe médico en Word para descargar gratis
Cada modelo está optimizado para A4 vertical con bloques editables conforme al artículo 20 de la Ley 41/2002 y la CIE-10.
Informe médico de alta hospitalaria
Informe médico de alta hospitalaria con tipografía serif Cambria en formato clásico formal. Recoge los apartados obligatorios del artículo 20 de la Ley 41/2002: motivo del ingreso, antecedentes, exploración, pruebas complementarias, diagnósticos principales y secundarios, procedimientos realizados, tratamiento durante el ingreso, evolución, tratamiento al alta y recomendaciones de seguimiento.
- Cuándo usarla: alta hospitalaria tras ingreso médico o quirúrgico programado o urgente, entrega al paciente o al médico de Atención Primaria para continuidad asistencial.
- Recomendación: entrega el informe firmado al paciente antes del alta y remite copia a Atención Primaria vía historia clínica compartida; la continuidad asistencial es un derecho recogido en el artículo 15 de la Ley 41/2002.
Tamaño: 37.6 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Informe médico de evolución clínica
Informe de evolución clínica en sans serif (Calibri 11 pt) para consulta ambulatoria de seguimiento. Recoge la situación clínica actual, la evolución desde la última visita, los ajustes de tratamiento realizados, las pruebas pendientes y la próxima revisión programada. Adecuado para seguimiento de patología crónica en Atención Primaria o consulta especializada.
- Cuándo usarla: consultas de seguimiento en Atención Primaria o especializada para pacientes con patología crónica (hipertensión, diabetes, EPOC, cardiopatía) o convalecientes de un proceso agudo.
- Recomendación: usa el modelo SOAP (Situación · Observación · Análisis · Plan) para estructurar el seguimiento; es el estándar internacional para la nota de evolución clínica y facilita la lectura por otros profesionales.
Tamaño: 37.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Informe médico pericial forense
Informe pericial forense con acento de color para procesos judiciales o extrajudiciales donde se requiere valoración médica pericial. Se elabora conforme al artículo 335 y siguientes de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, con estructura estándar: antecedentes del caso, historia clínica relevante, exploración pericial, pruebas y valoración objetiva con conclusiones motivadas.
- Cuándo usarla: informes periciales para procedimientos judiciales civiles, penales o laborales, valoración de secuelas, ratificación en sede judicial o informe extrajudicial para compañías de seguros.
- Recomendación: usa el baremo de la Ley 35/2015 (accidentes de circulación) o el baremo específico aplicable al caso para cuantificar secuelas; los tribunales aceptan cifras baremadas mejor que valoraciones subjetivas.
Tamaño: 37.9 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Informe médico prequirúrgico
Informe prequirúrgico ejecutivo con banner azul institucional. Documenta la valoración del riesgo anestésico-quirúrgico previa a una intervención programada según la escala ASA (American Society of Anesthesiologists) y las pruebas complementarias del preoperatorio estandarizadas (analítica, ECG, radiografía de tórax, valoración cardiológica si procede). Complementa al consentimiento informado.
- Cuándo usarla: valoración preanestésica y prequirúrgica de pacientes candidatos a cirugía programada, tanto de cirugía mayor como de cirugía ambulatoria (CMA) o endoscopia bajo sedación.
- Recomendación: clasifica el riesgo con la escala ASA (I-VI) y solicita solo las pruebas recomendadas por las guías de la Sociedad Española de Anestesiología (SEDAR); las pruebas rutinarias sin indicación clínica están desaconsejadas por bajo valor añadido y coste.
Tamaño: 37.9 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Informe médico de fisioterapia
Informe minimalista de fisioterapia con composición tipográfica limpia. Firmado por fisioterapeuta colegiado conforme a la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias. Recoge la evaluación funcional inicial, el diagnóstico fisioterápico, el plan de tratamiento con sesiones programadas, los objetivos funcionales y la evolución del paciente.
- Cuándo usarla: tratamiento de fisioterapia y rehabilitación tras lesión traumática, cirugía ortopédica, ACV o patología musculoesquelética crónica, en clínica privada, mutua o servicio hospitalario de rehabilitación.
- Recomendación: usa escalas validadas para medir progreso (Oswestry en lumbalgia, DASH en hombro, WOMAC en rodilla); los informes con métricas objetivas justifican mejor la continuidad del tratamiento ante aseguradoras y mutuas.
Tamaño: 37.6 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Informe médico bilingüe (ES + EN)
Informe médico bilingüe español + inglés con cláusulas paralelas para pacientes internacionales, seguros extranjeros o segundas opiniones transfronterizas. Utiliza terminología clínica estandarizada (SNOMED CT, CIE-10) y unidades del Sistema Internacional para asegurar la comprensión en cualquier país. Útil para turismo médico y expatriados.
- Cuándo usarla: pacientes extranjeros atendidos en clínica privada española, ciudadanos españoles que necesitan continuidad asistencial en el extranjero o presentación de informes clínicos ante compañías de seguros internacionales.
- Recomendación: usa siempre la Denominación Común Internacional (DCI) para los medicamentos y las unidades del Sistema Internacional para los valores analíticos; los profesionales sanitarios extranjeros reconocen la nomenclatura DCI y no los nombres comerciales españoles.
Tamaño: 37.4 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Qué modelo de informe médico elegir según el tipo de asistencia
El tipo de proceso asistencial y el destinatario del informe determinan cuál de las 6 plantillas usar:
- Si se trata de un alta hospitalaria tras ingreso: la plantilla #01 (alta hospitalaria) cumple los requisitos del artículo 20 de la Ley 41/2002 e incluye todos los apartados obligatorios: motivo del ingreso, antecedentes, exploración, pruebas, diagnósticos, tratamiento durante el ingreso, evolución y recomendaciones al alta.
- Si es una consulta ambulatoria de seguimiento: la plantilla #02 (evolución clínica) utiliza el modelo SOAP (Situación · Observación · Análisis · Plan). Es el estándar internacional para nota de evolución y facilita la lectura por otros profesionales que continúen la asistencia.
- Si es un informe pericial para un proceso judicial: la plantilla #03 (pericial forense) sigue el artículo 335 y siguientes de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, con estructura de antecedentes, exploración pericial, pruebas y conclusiones motivadas. Aplicable en procesos civiles, penales y laborales.
- Si es una valoración preanestésica y prequirúrgica: la plantilla #04 (prequirúrgico) recoge la escala ASA y las pruebas complementarias del preoperatorio según las guías de la Sociedad Española de Anestesiología (SEDAR). Complementa al consentimiento informado quirúrgico.
- Si es un informe de rehabilitación o fisioterapia: la plantilla #05 (fisioterapia) va firmada por fisioterapeuta colegiado conforme a la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias, con evaluación funcional, plan de tratamiento y escalas validadas.
- Si el paciente es extranjero o el informe se remite fuera de España: la plantilla #06 (bilingüe ES+EN) utiliza terminología estandarizada (SNOMED CT, CIE-10, unidades del Sistema Internacional) para asegurar la comprensión en cualquier país. Útil para turismo médico y aseguradoras internacionales.
Cómo estructurar el informe médico paso a paso
- Selecciona el modelo según el tipo de asistencia: alta hospitalaria, evolución ambulatoria, pericial, prequirúrgico, fisioterapia o bilingüe. La estructura básica es la misma; cambia el énfasis y algunos apartados específicos.
- Descarga el
.docxy ábrelo en Microsoft Word, Google Docs o LibreOffice Writer. Las tres respetan el formato A4 vertical, los bloques y el sello del facultativo si se añade como imagen embebida. - Completa la cabecera con datos del centro y número de historia clínica: centro sanitario, servicio, dirección, número de historia y episodio asistencial. Sin estos identificadores, el informe pierde trazabilidad y valor probatorio.
- Rellena los datos del paciente aplicando el principio de minimización: identificación básica y datos clínicamente relevantes. Los datos accesorios que no aportan al caso vulneran el artículo 5.1.c del RGPD (minimización de datos).
- Estructura la enfermedad actual de forma cronológica: inicio, evolución, factores desencadenantes, tratamiento realizado y respuesta. Un relato ordenado facilita la lectura del médico que reciba el informe y aporta valor probatorio en caso de reclamación.
- Codifica los diagnósticos con CIE-10: cada diagnóstico principal y secundario debe llevar su código CIE-10 correspondiente. Esta codificación es obligatoria en el Sistema Nacional de Salud y facilita la comunicación entre niveles asistenciales y el análisis epidemiológico.
- Detalla las recomendaciones al alta con precisión: medicación por DCI (con dosis, frecuencia y duración), cuidados específicos, signos de alarma que requieren consulta urgente y fecha de próxima revisión. El paciente y el médico de Atención Primaria deben tener toda la información para continuar la asistencia.
- Firma, sella y remite copia a Atención Primaria: firma manuscrita o electrónica del facultativo con sello y número de colegiado. Remite copia a Atención Primaria vía historia clínica compartida para garantizar la continuidad asistencial prevista en el artículo 15 de la Ley 41/2002.
Errores frecuentes que restan valor probatorio al informe
- Informe con diagnóstico sin codificación CIE-10: sin código, el diagnóstico pierde valor para el Sistema Nacional de Salud, la facturación entre centros y el análisis epidemiológico. La CIE-10 es de uso obligatorio en la historia clínica desde 2016 en todo el territorio nacional.
- Recomendaciones al alta genéricas o incompletas: escribir «continuar tratamiento habitual» o «seguir cuidados» sin especificar cuál es el tratamiento y cuáles son los cuidados. El paciente y el médico de Atención Primaria necesitan instrucciones precisas para continuar la asistencia sin errores.
- Omitir signos de alarma que requieren consulta urgente: no advertir al paciente sobre las complicaciones que exigen acudir a urgencias (fiebre persistente, sangrado, dolor no controlable) puede retrasar la atención y agravar el cuadro. Es una fuente frecuente de reclamaciones por defecto de información.
- Copiar y pegar antecedentes obsoletos sin actualizar: los antecedentes personales cambian con el tiempo (nueva medicación, nueva enfermedad crónica, cambio de hábitos). Reproducir literalmente el informe anterior sin actualizarlo genera errores de dosificación y decisiones clínicas basadas en información desactualizada.
- Firma sin sello del facultativo: el sello con nombre, número de colegiado y especialidad es tan importante como la firma. Sin sello, el informe no acredita la habilitación profesional del prescriptor y las aseguradoras y mutuas pueden rechazarlo por falta de identificación válida.
- No remitir copia a Atención Primaria tras el alta: la continuidad asistencial es un derecho del paciente (art. 15 Ley 41/2002) y una obligación del sistema sanitario. Un alta sin comunicación al médico de familia obliga al paciente a ser el mensajero entre niveles asistenciales, con riesgo de pérdida de información.
Buenas prácticas del facultativo antes de firmar
- Usa el modelo SOAP en informes de evolución: Situación · Observación · Análisis · Plan. Es el estándar internacional para nota clínica y facilita la lectura por otros profesionales. Reduce el tiempo de lectura del informe en un 30 % y estructura el pensamiento clínico del facultativo.
- Codifica todos los diagnósticos con CIE-10 antes de firmar: además de ser obligatorio, la codificación estandarizada mejora la calidad del informe y permite el análisis epidemiológico del centro sanitario. Hay herramientas online gratuitas del Ministerio de Sanidad para buscar el código exacto.
- Redacta las recomendaciones al alta en lenguaje comprensible para el paciente: el informe se dirige tanto al médico de Atención Primaria como al paciente. Evita abreviaturas y siglas no explicadas; el paciente tiene derecho a comprender su propio informe médico.
- Firma electrónica reconocida cuando sea posible: certificado digital FNMT, DNI electrónico o firma colegial. Tiene la misma validez legal que la firma manuscrita conforme al Reglamento eIDAS (UE) 910/2014 y facilita la remisión por sede electrónica sin necesidad de imprimir, firmar y escanear.
- Conserva el informe en la historia clínica del paciente: la Ley 41/2002 obliga al centro sanitario a custodiar los documentos del proceso asistencial durante un mínimo de cinco años desde el alta del proceso. En caso de menores, hasta que cumplan la mayoría de edad más el periodo de prescripción de posibles acciones.
Checklist final antes de firmar y entregar el informe
Antes de firmar y entregar el informe médico, verifica que: los datos del centro sanitario (nombre, servicio, dirección y teléfono) y el número de historia clínica figuran en la cabecera; los datos identificativos del paciente (nombre, DNI o pasaporte, fecha de nacimiento, sexo y domicilio) están completos y son correctos; el motivo del informe (consulta, ingreso, pericia) se especifica con claridad; los antecedentes personales están actualizados, no copiados de informes previos obsoletos; la enfermedad actual se relata de forma cronológica y comprensible; la exploración física recoge constantes vitales y los hallazgos relevantes al motivo de consulta; las pruebas complementarias incluyen fecha, hallazgos y conclusión; los diagnósticos principal y secundarios llevan su código CIE-10 correspondiente; el tratamiento y la evolución se detallan con precisión; las recomendaciones al alta incluyen medicación (con DCI), cuidados, signos de alarma y próxima revisión; consta la información sobre protección de datos (art. 9.2.h RGPD y art. 9 LOPDGDD); todos los campos entre corchetes [ ] están sustituidos; hay firma manuscrita o electrónica y sello con nombre, número de colegiado y especialidad; y el informe se ha remitido a Atención Primaria para garantizar la continuidad asistencial.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio entregar el informe de alta al paciente al finalizar el ingreso?
Sí. El artículo 20 de la Ley 41/2002 de autonomía del paciente establece que todo paciente, familiar o persona vinculada a él tiene derecho, al finalizar el proceso asistencial en un centro sanitario público o privado, a recibir el informe de alta, con el contenido mínimo previsto en el artículo 3. La ausencia de informe de alta es una infracción del derecho del paciente y del deber del centro sanitario, con potenciales consecuencias jurídicas.
¿Qué información mínima debe contener un informe médico?
El artículo 3 de la Ley 41/2002 define el informe de alta como el documento emitido por el médico responsable en un centro sanitario al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, especificando los datos del paciente, un resumen del historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas. Los reales decretos autonómicos sobre historia clínica desarrollan el contenido concreto de cada apartado.
¿Puedo pedir mi informe médico si el hospital no me lo entregó?
Sí. El artículo 18 de la Ley 41/2002 reconoce al paciente el derecho de acceso a la documentación de su historia clínica, incluida la obtención de copia. La solicitud se presenta ante el servicio de Atención al Paciente o Admisión del centro. El plazo máximo de entrega es de un mes desde la solicitud, salvo que haya limitaciones justificadas (protección de terceros o anotaciones subjetivas del facultativo). La denegación injustificada puede reclamarse ante la Agencia Española de Protección de Datos o ante la vía contencioso-administrativa.
¿Cómo se solicita un informe médico pericial?
En el ámbito judicial, el informe pericial médico se solicita por el juzgado o por las partes al amparo del artículo 335 y siguientes de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. El perito debe ser médico colegiado con especialidad adecuada al caso y presenta el informe ratificándolo en sede judicial. En el ámbito extrajudicial (seguros, mutuas), el informe se solicita al médico particular con dictamen técnico basado en historia clínica y exploración. En ambos casos se emite bajo juramento de imparcialidad.
¿Puedo firmar los informes con firma electrónica?
Sí. La firma electrónica reconocida (certificado digital FNMT, DNI electrónico, sistemas colegiales) tiene la misma validez legal que la firma manuscrita conforme al Reglamento eIDAS (UE) 910/2014 y a la Ley 6/2020 reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. El PDF firmado electrónicamente evita imprimir, firmar a mano y escanear; además aporta mayor seguridad frente a manipulaciones y facilita la remisión por sede electrónica.
¿Funcionan estas plantillas en Google Docs y LibreOffice Writer?
Sí. Sube el .docx a Google Drive y ábrelo con Google Docs; los bloques y el diseño A4 se conservan. En LibreOffice Writer también funciona sin problemas. En Microsoft Word 2016 o posterior es donde mejor se respeta el diseño original, incluyendo el sello del facultativo si se añade como imagen embebida.





