El consentimiento informado en Word es el documento clínico y jurídico por el que un paciente, tras recibir información adecuada sobre un procedimiento médico o quirúrgico, autoriza expresamente su realización. Es una obligación básica del profesional sanitario, regulada en los artículos 8 a 10 de la Ley 41/2002 de autonomía del paciente, el Convenio de Oviedo del Consejo de Europa (1997) y la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, que ha declarado la falta de consentimiento informado como causa autónoma de responsabilidad civil sanitaria.
Estas seis plantillas en Word cubren los escenarios más habituales en la práctica clínica: consentimiento informado de cirugía general, consentimiento odontológico para tratamientos dentales invasivos, consentimiento estético reforzado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 3/2010), consentimiento pediátrico con representación legal conforme al artículo 9.3 de la Ley 41/2002, consentimiento en salud mental con evaluación de la capacidad e instrucciones previas (art. 11) y una versión bilingüe español + inglés para pacientes internacionales.
Cada plantilla es un archivo .docx editable en A4 vertical con los bloques que exige el artículo 10 de la Ley 41/2002: datos del paciente y de su representante legal si procede, datos del facultativo responsable, naturaleza del procedimiento, objetivos y beneficios esperados, riesgos típicos y personalizados, alternativas terapéuticas, información sobre protección de datos de salud (art. 9 RGPD) y firma del paciente con derecho de revocación previsto en el artículo 8.5. Solo descargas, abres en Word, sustituyes los campos entre corchetes [ ] por los datos reales y exportas a PDF para firmar.
Más abajo te explicamos qué modelo elegir según el procedimiento, cómo cumplimentar el documento respetando el deber de información reforzado en actos no terapéuticos y en menores, qué errores generan responsabilidad civil sanitaria y qué buenas prácticas siguen los servicios de calidad hospitalaria para garantizar la validez clínica y legal del consentimiento.
Contenido del artículo
6 modelos de consentimiento informado en Word para descargar gratis
Cada modelo está optimizado para A4 vertical con bloques editables conforme al artículo 10 de la Ley 41/2002 y al RGPD.
Consentimiento informado de cirugía general
Consentimiento informado de cirugía general con tipografía serif Cambria en formato clásico formal. Cumple los requisitos del artículo 10 de la Ley 41/2002 de autonomía del paciente: naturaleza del procedimiento, objetivos, beneficios esperados, riesgos personalizados según el paciente, riesgos típicos del procedimiento, alternativas terapéuticas y consecuencias de rechazar la intervención.
- Cuándo usarla: intervenciones quirúrgicas programadas de cirugía general, cirugía digestiva, cirugía vascular u otras especialidades quirúrgicas con anestesia general o regional.
- Recomendación: entrega el consentimiento al paciente al menos 24 horas antes de la intervención (art. 8.2 Ley 41/2002) para que disponga de tiempo para leer, preguntar y decidir libremente; nunca a la puerta del quirófano.
Tamaño: 37.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Consentimiento informado de odontología
Consentimiento informado odontológico en sans serif (Calibri 11 pt) para tratamientos dentales invasivos. Recoge la naturaleza del procedimiento (extracción, endodoncia, implante, cirugía maxilofacial menor), los riesgos específicos (dolor postoperatorio, edema, hemorragia, lesión nerviosa), las alternativas y el plan de cuidados posterior. Se ajusta al código deontológico del Consejo General de Dentistas y a la Ley 41/2002.
- Cuándo usarla: tratamientos dentales invasivos: extracciones complicadas, endodoncias, cirugía de implantes, injertos óseos o cualquier procedimiento con anestesia local infiltrativa.
- Recomendación: documenta con claridad las alternativas al tratamiento propuesto y sus costes económicos; en clínica dental privada, el paciente tiene derecho a conocer todas las opciones antes de elegir.
Tamaño: 37.9 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Consentimiento informado de estética y cirugía plástica
Consentimiento estética con acento de color para procedimientos de medicina estética y cirugía plástica no reparadora. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 3/2010) exige un deber de información reforzado por tratarse de intervenciones sin finalidad terapéutica: hay que documentar de forma exhaustiva riesgos, resultados esperados y no garantizados, tiempo de recuperación y coste económico total.
- Cuándo usarla: tratamientos de medicina estética (toxina botulínica, ácido hialurónico, peelings) y cirugía plástica no reparadora (rinoplastia, mamoplastia, abdominoplastia, blefaroplastia, liposucción).
- Recomendación: incluye siempre la advertencia expresa de que el resultado estético no es garantizable; la jurisprudencia del Supremo trata estos actos como obligación de resultado, con carga probatoria reforzada frente al facultativo.
Tamaño: 38.1 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Consentimiento informado en pediatría
Consentimiento pediátrico ejecutivo con banner azul institucional para procedimientos médicos o quirúrgicos en menores de edad. Aplica el artículo 9.3.c de la Ley 41/2002 sobre representación legal: firman ambos progenitores o el tutor legal; el menor emancipado o mayor de 16 años presta consentimiento propio, salvo en actuaciones de grave riesgo (menor de 16 en supuestos regulados).
- Cuándo usarla: intervenciones médicas o quirúrgicas en menores de edad: cirugía pediátrica, vacunas fuera de calendario, tratamientos con inmunosupresores, procedimientos diagnósticos invasivos.
- Recomendación: respeta la escucha del menor conforme a su madurez (art. 9.3 Ley 41/2002): a partir de 12 años debe ser oído; a partir de 16 presta consentimiento por sí mismo salvo en actuaciones de grave riesgo, en cuyo caso los padres informan y participan en la decisión.
Tamaño: 38.0 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Consentimiento informado en salud mental
Consentimiento minimalista de salud mental con composición tipográfica limpia. Contempla la evaluación de la capacidad del paciente para decidir (art. 9.3.a Ley 41/2002) y prevé, en su caso, el consentimiento por representación cuando el paciente no puede tomar decisiones por su estado psíquico. Recoge también la posibilidad de otorgar documento de instrucciones previas (art. 11 Ley 41/2002).
- Cuándo usarla: tratamientos psiquiátricos con impacto clínico relevante (TEC, cambio de psicofármacos, ingreso voluntario en unidad de salud mental) o valoración de capacidad para adoptar decisiones sanitarias.
- Recomendación: cuando el paciente no tiene capacidad de decisión en el momento actual pero otorgó voluntades anticipadas, prevalece el contenido de las instrucciones previas conforme al artículo 11.1 de la Ley 41/2002; consulta el Registro Nacional de Instrucciones Previas antes de decidir por representación.
Tamaño: 37.8 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Consentimiento informado bilingüe (ES + EN)
Consentimiento bilingüe español + inglés con cláusulas paralelas para pacientes internacionales atendidos en España. Cumple los mínimos del artículo 10 de la Ley 41/2002 y del Convenio de Oviedo (Consejo de Europa, 1997), reconocido en 41 estados europeos. Útil para hospitales privados con pacientes extranjeros, turismo médico y clínicas de la costa mediterránea.
- Cuándo usarla: pacientes extranjeros atendidos en hospital privado, mutua libre o clínica especializada en España, turismo médico o segunda opinión internacional.
- Recomendación: además del texto bilingüe, comprueba que el paciente comprende realmente lo que firma; ofrece intérprete cuando el nivel de inglés no sea suficiente y deja constancia por escrito de esa asistencia como prueba de comprensión efectiva.
Tamaño: 37.5 KB
Compatibilidad: Word 2010 o superior · Google Docs · LibreOffice Writer
Qué modelo de consentimiento informado elegir según el procedimiento
El tipo de acto médico y las características del paciente determinan cuál de las 6 plantillas usar:
- Si es una intervención quirúrgica programada: la plantilla #01 (cirugía general) cubre los requisitos del artículo 10 de la Ley 41/2002 e incluye los apartados de riesgos típicos y personalizados. Es el modelo por defecto para cirugía programada de cualquier especialidad.
- Si es un tratamiento dental invasivo: la plantilla #02 (odontología) recoge la naturaleza del procedimiento (extracción, endodoncia, implante, cirugía maxilofacial menor) y los riesgos específicos habituales en clínica dental. Cumple con el código deontológico del Consejo General de Dentistas.
- Si es medicina estética o cirugía plástica no reparadora: la plantilla #03 (estética) tiene información reforzada exigida por la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 3/2010 entre otras), que trata estos actos como obligación de resultado con carga probatoria reforzada.
- Si el paciente es menor de edad: la plantilla #04 (pediatría) aplica el artículo 9.3 de la Ley 41/2002 sobre consentimiento por representación. Recoge la firma de ambos progenitores o del tutor y respeta la escucha del menor conforme a su madurez (obligatoria a partir de 12 años).
- Si se evalúa la capacidad del paciente o se otorgan voluntades anticipadas: la plantilla #05 (salud mental) contempla la evaluación de la capacidad (art. 9.3.a) y la posibilidad de otorgar documento de instrucciones previas (art. 11 Ley 41/2002).
- Si el paciente es extranjero de habla inglesa: la plantilla #06 (bilingüe ES+EN) presenta las cláusulas en español e inglés. Además del texto, asegura que el paciente comprenda realmente lo que firma o proporciona intérprete cuando el nivel lingüístico no sea suficiente.
Cómo cumplimentar el consentimiento informado paso a paso
- Selecciona el modelo según el procedimiento y el paciente: cirugía general, odontología, estética, pediatría, salud mental o bilingüe. La estructura básica es la misma; cambian los apartados de riesgos y alternativas específicos de cada acto médico.
- Descarga el
.docxy ábrelo en Microsoft Word, Google Docs o LibreOffice Writer. Las tres respetan el formato A4 vertical, los bloques y el sello del facultativo si se añade como imagen embebida. - Cumplimenta los datos del paciente y, si procede, del representante legal: en menores de edad firman ambos progenitores o el tutor; en incapacidad de hecho, el cuidador acreditado; en incapacidad de derecho, el representante designado por sentencia. Sin estos datos el consentimiento por representación es nulo.
- Describe el procedimiento en lenguaje claro y comprensible: evita tecnicismos innecesarios y usa un nivel de lectura adaptado al paciente. La Ley 41/2002 exige información «adecuada» y comprensible, no exhaustiva ni abrumadora.
- Detalla los riesgos típicos y personalizados por escrito: los riesgos comunes y los específicos del paciente concreto (edad, comorbilidades, alergias, medicación habitual). El Tribunal Supremo declara nulo el consentimiento que solo enumera riesgos genéricos sin personalización.
- Incluye las alternativas y la consecuencia de no tratar: el paciente debe conocer todas las opciones disponibles y los riesgos previsibles de no realizar ninguna intervención (opción de no tratamiento). Es un requisito expreso del artículo 10.1 de la Ley 41/2002.
- Entrega el consentimiento con antelación suficiente: al menos 24 horas antes del procedimiento programado (art. 8.2 Ley 41/2002), para que el paciente pueda leer, preguntar y decidir libremente. Nunca a la puerta del quirófano ni en la sala de preanestesia.
- Firma, sella y exporta a PDF: firma del paciente (o del representante legal), firma del facultativo informante con sello y número de colegiado, y archivo del original firmado en la historia clínica del paciente por el plazo del artículo 17 de la Ley 41/2002.
Errores frecuentes que generan responsabilidad civil sanitaria
- Consentimiento genérico y sin personalizar: los formularios estándar sin adaptación al procedimiento concreto ni al paciente concreto no cumplen el deber de información. El Tribunal Supremo ha anulado consentimientos que se limitan a listar riesgos genéricos, sin referencia a la situación real del paciente.
- Entregar el documento inmediatamente antes del procedimiento: firmar el consentimiento en la sala preoperatoria o a la puerta del quirófano vicia la libertad de decisión. La Ley 41/2002 exige antelación suficiente (mínimo 24 horas en programados) para permitir la reflexión.
- Omitir las alternativas y la opción de no tratar: informar solo del procedimiento propuesto, sin las alternativas terapéuticas ni las consecuencias de rechazar la intervención, vulnera el artículo 10.1 de la Ley 41/2002 y anula el consentimiento otorgado.
- Confundir consentimiento en menores con consentimiento por representación: el menor de edad debe ser oído a partir de 12 años y presta consentimiento propio a partir de 16 años (art. 9.3 Ley 41/2002), salvo en actuaciones de grave riesgo para la vida o salud. No consultar al menor con capacidad de discernimiento es un vicio del consentimiento.
- Sustituir información oral por documento escrito o viceversa: la Ley 41/2002 exige información oral como regla general (art. 4) y consentimiento escrito para intervenciones invasivas (art. 8.2). Ambos son necesarios: el documento no sustituye la conversación previa con el facultativo.
- No documentar la información en la historia clínica: además del consentimiento firmado, hay que anotar en la historia clínica quién informó, cuándo, qué se explicó y qué preguntas formuló el paciente. Sin ese registro, la carga probatoria en un litigio se invierte contra el facultativo.
Buenas prácticas del facultativo antes de recabar la firma
- Adapta cada consentimiento al procedimiento y al paciente: los formularios prerredactados son un punto de partida, no el resultado final. Personalizar riesgos con la edad, comorbilidades y medicación real del paciente concreto es la mejor prueba de un deber de información cumplido.
- Explica los riesgos con probabilidades ordinales, no solo verbales: «complicación frecuente (entre 1 y 10 de cada 100 pacientes)» transmite mejor la magnitud que «puede aparecer alguna vez». Ayuda al paciente a valorar el riesgo real y refuerza la validez del consentimiento en juicio.
- Usa material gráfico o audiovisual complementario: dibujos anatómicos, esquemas del procedimiento o vídeos breves aumentan la comprensión real, especialmente en pacientes con dificultades de lectura o barrera idiomática. El deber de información es de comprensión, no de mera entrega.
- Reserva tiempo para preguntas del paciente: la escucha activa es parte del deber de información. Documenta en la historia clínica las preguntas formuladas y las respuestas dadas. Ese registro es la mejor defensa frente a una reclamación futura por defecto de información.
- Revisa periódicamente los formularios con el servicio jurídico y de calidad: la jurisprudencia sobre consentimiento informado evoluciona constantemente. Un formulario que era válido hace cinco años puede haber quedado insuficiente tras una nueva sentencia del Tribunal Supremo o una nueva guía de práctica clínica.
Checklist final antes de recabar la firma del paciente
Antes de recabar el consentimiento informado, verifica que: los datos del paciente y, si procede, del representante legal (nombre, DNI, vínculo y título habilitante) están completos y son correctos; los datos del facultativo responsable (nombre, número de colegiado, colegio profesional, especialidad y centro sanitario) figuran expresamente; el procedimiento propuesto se describe en lenguaje claro y comprensible; los objetivos y beneficios esperados están formulados en términos realistas basados en evidencia; los riesgos típicos del procedimiento están enumerados con estimación de frecuencia; los riesgos personalizados del paciente concreto (edad, comorbilidades, alergias, medicación) están documentados; las alternativas terapéuticas y la opción de no tratamiento aparecen por escrito; la información sobre protección de datos de salud (art. 9 RGPD y LOPDGDD 3/2018) está incluida; el documento se entrega con antelación suficiente (mínimo 24 h en programados, art. 8.2 Ley 41/2002); consta la posibilidad de revocación por escrito (art. 8.5); todos los campos entre corchetes [ ] están sustituidos; hay firma del paciente o representante y firma del facultativo con sello; el original firmado se archiva en la historia clínica por el plazo mínimo de cinco años del artículo 17 de la Ley 41/2002.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio el consentimiento informado por escrito?
El artículo 8.2 de la Ley 41/2002 exige consentimiento por escrito en intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos o terapéuticos invasivos y, en general, en la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente. Para el resto de actos médicos basta con el consentimiento verbal, documentado en la historia clínica.
¿Puede el paciente revocar el consentimiento después de firmarlo?
Sí, en cualquier momento antes de la ejecución del procedimiento. El artículo 8.5 de la Ley 41/2002 reconoce el derecho a revocar por escrito el consentimiento sin necesidad de justificación. Los formularios deben incluir expresamente esta posibilidad de revocación y proporcionar espacio para la firma correspondiente.
¿Qué pasa con el consentimiento en menores de edad?
El artículo 9.3 de la Ley 41/2002 regula el consentimiento por representación. Los menores de 12 años consienten por sus representantes legales (padres o tutor); a partir de 12 años deben ser oídos; a partir de 16 años y en menores emancipados prestan consentimiento propio, salvo en actuaciones de grave riesgo para su vida o salud, en cuyo caso los padres informan y son oídos por el facultativo antes de decidir. La escucha del menor es obligatoria cuando tiene capacidad de discernimiento.
¿Qué diferencia hay entre consentimiento y voluntades anticipadas?
El consentimiento informado es una decisión actual sobre un procedimiento concreto propuesto por el facultativo. Las voluntades anticipadas (art. 11 Ley 41/2002) son las manifestaciones de voluntad del paciente para escenarios clínicos futuros en los que no pueda decidir personalmente (por ejemplo, situación de terminalidad, coma o incapacidad). Se otorgan en el Registro Autonómico de Voluntades Anticipadas y prevalecen sobre el consentimiento por representación cuando el paciente no puede decidir en el momento actual.
¿Qué pasa si se realiza un procedimiento sin consentimiento válido?
La falta de consentimiento informado o su otorgamiento con vicios (falta de información, coacción, incapacidad no evaluada) es causa autónoma de responsabilidad civil sanitaria conforme a jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo. Aunque el acto médico se realice con corrección técnica, el facultativo y la institución sanitaria pueden ser condenados a indemnizar al paciente por vulneración de su derecho a la autonomía. En casos graves puede haber además responsabilidad penal (arts. 156 y 195 del Código Penal).
¿Funcionan estas plantillas en Google Docs y LibreOffice Writer?
Sí. Sube el .docx a Google Drive y ábrelo con Google Docs; los bloques y el diseño A4 se conservan. En LibreOffice Writer también funciona sin problemas. En Microsoft Word 2016 o posterior es donde mejor se respeta el diseño original, incluyendo el sello del facultativo si se añade como imagen embebida.





